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Diario del Altoaragón
El Defensor del
Pueblo recurre ante el TC el nuevo Estatuto de Cataluña
Motivos relacionados con el régimen lingüístico
MADRID.- El Defensor del Pueblo presentó ayer
ante el Tribunal Constitucional un recurso de
inconstitucionalidad contra el nuevo Estatuto de Autonomía de
Cataluña, aprobado en referéndum el pasado 18 de junio y en
vigor desde el 9 de agosto.
Según informaron fuentes del Defensor el recurso es “bastante
amplio” y se refiere entre otras cuestiones a la definición de
las competencias del Sindic de Greuges (el Defensor del Pueblo
autonómico).
También se incluyen en el recurso motivos relacionados con el
régimen lingüístico, las relaciones bilaterales y la
administración de Justicia, según las mismas fuentes.
EFE
L a vanguardia
Madrid. (EFE).- El presidente del Gobierno,
José Luis Rodríguez Zapatero, ha dicho hoy, ante el recurso de
inconstitucionalidad presentado por el Defensor del Pueblo,
Enrique Múgica, al Estatut de Catalunya, que "quien ejerce un
derecho, a nadie ofende en democracia".
Zapatero ha hecho esta consideración en una breve conversación
con informadores tras su comparecencia en la sesión de control
al Gobierno del pleno del Senado.
Al ser preguntado por el recurso de Múgica, Zapatero se ha
limitado a hacer ese comentario relativo al derecho del Defensor
del Pueblo a adoptar una iniciativa de esas características.
En su recurso, presentado ayer, Múgica considera que el uso de
la palabra "nación" en el Estatut de Catalunya es una
"inconstitucionalidad manifiesta", "invalida gran parte de la
normativa estatutaria" y, "como modelo a seguir por otras CCAA,
preludia la desvertebración" del Estado autonómico diseñado en
la Constitución.
Terra:
Múgica asegura recurso se basa razones
jurídicas y no políticas
El Defensor de Pueblo,
Enrique Múgica, rechazó hoy que el recurso presentado contra el
nuevo Estatuto de Cataluña obedezca a razones políticas, el
Gobierno defendió su derecho a recurrir, el PP destacó que no
está solo contra el texto y los partidos catalanes insistieron
en sus críticas.

Tras presentar ayer un amplio recurso ante el
TC, en el que pide que se declaren inconstitucionales 112
artículos y cuatro disposiciones adicionales del Estatuto
catalán, Múgica defendió hoy en una rueda de prensa su
'independencia total' y las razones exclusivamente
técnico-jurídicas de su impugnación.
Múgica subrayó que la decisión de recurrir el
Estatut 'obedece a la estricta función de garantía de las
libertades y derechos fundamentales que la Constitución reserva
a la institución del Defensor del Pueblo'.
Carod acusa a Múgica de tener
obsesión enfermiza contra Cataluña
El presidente de ERC, Josep
Lluís Carod-Rovira, ha lamentado hoy que, con el recurso
presentado contra el nuevo Estatut por el Defensor del Pueblo,
Enrique Múgica, 'no defienda al pueblo catalán', y le ha acusado
de 'tener una obsesión enfermiza contra Cataluña'.

Según ha indicado Carod-Rovira después de la
presentación de su nueva página web, el recurso de
inconstitucionalidad interpuesto por Múgica 'lo que en realidad
representa es una obsesión enfermiza contra Cataluña, que es la
tradicional de toda la derecha española y también de una parte
importante y significativa de la izquierda española'.
'Defender, como ha dicho
Múgica, que el castellano queda en una situación de indefensión,
de persecución o inseguridad en Cataluña o que su oficialidad es
una entelequia es pura mentira, es una expresión propia de una
persona absolutamente indocumentada y desinformada', ha añadido
el líder independentista catalán.

El carácter oficial del castellano en Cataluña es
'poco más que una entelequia que dista mucho de ser
la realidad que el texto constitucional impone',
según asegura el Defensor del Pueblo en su recurso
contra el Estatuto de autonomía catalán.

La institución que dirige Enrique
Múgica dedica a la política lingüística uno de los
siete 'motivos' de inconstitucionalidad del texto
estatutario, del que recurre un total de 112
artículos y cuatro disposiciones adicionales.
El Defensor recuerda que la
Constitución no establece el deber de conocer
ninguna de las lenguas cooficiales y que esa
obligación no puede ser impuesta a través de un
Estatuto de Autonomía.
Por eso, la previsión de que los
ciudadanos de Cataluña tienen el 'deber' de conocer
la lengua catalana (artículo 6.2 del nuevo Estatuto)
es, en opinión del Defensor, inconstitucional.
En este asunto el recurso advierte
que si bien las comunidades pueden dictar normas
para la normalización y fomento de sus lenguas
propias éstas 'no pueden llevarse a extremos en los
que el resultado sea la práctica exclusión del
castellano'.
El recurso repasa la regulación
actual catalana en materia lingüística y concluye
que 'se ha producido un tránsito desde una fórmula
constitucional de bilingüismo oficial y territorial
a una fórmula de monolingüismo territorial, aunque
matizada, en ese estrecho margen residual que se
deja al castellano'.
Es en ese contexto en el que
afirma que la oficialidad del castellano en Cataluña
'es poco más que una entelequia'.
En esa situación, el Defensor
entiende que es contrario a la Constitución otorgar
al catalán (artículo 6.1) la condición de 'lengua de
uso preferente en las instituciones y entidades
públicas de Cataluña', entre otras razones porque el
catalán no necesita un trato preferencial para su
normalización.
También recurre el Defensor al
artículo 34 que señala que los establecimientos
públicos 'quedan sujetos al régimen de
disponibilidad lingüística', es decir, que deben
atender a los ciudadanos en la lengua oficial que
elijan.
Esa regulación constituye 'como
mínimo una extensión materialmente desmesurada y
jurídicamente injustificable de las consecuencias
que cabe derivar de la cooficialidad'.
El Defensor estima que es
'constitucionalmente admisible' imponer a los
establecimientos el deber de 'estar en condiciones
de atender a los consumidores y usuarios sea cual
sea la lengua oficial que estos empleen' pero no lo
es 'considerar que tal deber incluye la obligación
de mantener todas las comunicaciones orales y
escritas en esa lengua'.
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Expansión. com
Miguel Ángel Belloso
El recurso del Defensor del Pueblo es denso,
tiene mucha enjundia y afecta a todos los
aspectos clave del Estatut: la
consolidación de Cataluña como nación -ya
sea en el preámbulo- que, en opinión de los
servicios jurídicos de la institución,
invalida la mayor parte de la normativa
estatutaria al tiempo que incita por 'efecto
imitación o llamada' a la copia por otras
autonomías y degenera en la desvertebración
del estado de las autonomías, el único
legalmente constitucional.
El Diario Palentino
«(El defensor) defiende los
derechos, no las competencias, de ciudadanos catalanes que
quieran dirigirse a él por considerar que le puede atender mejor
que otros», recalcó, agregando que con el texto ya vigente los
catalanes que crean menoscabados algunos de sus derechos
fundamentales no podrán recurrir a la institución que él dirige
en caso de que se trate de «competencias o facultades» del
Gobierno regional.
A juicio del vasco, la aprobación del documento conlleva que
haya ciudadanos que no están en «igualdad» con otros españoles
en lo que concierne a las garantías para sus derechos
fundamentales, dado que ya no podrán elegir entre el Sindic y su
homónimo. «Un andaluz, por ejemplo, puede dirigirse al Gobierno
de Andalucía a través del Defensor del Pueblo andaluz. Pero
puede ir a través del andaluz y a través del español», expuso a
modo de ejemplo.
«¿Pero por qué no va a poder venir a mí el ciudadano de Sabadell
o de Tarrasa que considera que sus derechos a aprender y hablar
el castellano son menoscabados? Y yo no digo que lo sean, sino
que considera él que son menoscabados -adujo-. ¿No puede él
dirigirse al Defensor del Pueblo para que reclame a la
Generalitat? ¿Por qué no va a poderse dirigirse a mí como hasta
ahora? Sus derechos son menoscabados. La igualdad está rota».
Diario de Navarra
DEFENDER DERECHOS, «NO COMPETENCIAS»
Aprobado ya el nuevo Estatuto de Cataluña,
Múgica insistió en que su labor es defender «derechos» y no
«competencias» de la institución que actualmente preside como,
según denunció, han querido hacer ver algunos políticos
catalanes. «Algún político catalán ha dicho que el Defensor del
Pueblo va a presentar recurso porque se le quitan competencias
en Cataluña... Realmente creo que hay políticos que no superan
el analfabetismo político estructural», remachó.
«(El defensor) defiende los derechos, no las
competencias, de ciudadanos catalanes que quieran dirigirse al
Defensor del Pueblo por considerar que le puede atender mejor
que otros», recalcó, agregando que con el texto estatutario ya
vigente los catalanes que crean menoscabados algunos de sus
derechos fundamentales no podrán recurrir a la institución que
él dirige en caso de que se trate de «competencias o facultades»
del Gobierno de Cataluña.
A juicio de Múgica, la aprobación del Estatut
conlleva que haya ciudadanos que no están en «igualdad» con
otros españoles en lo que concierne a las garantías para sus
derechos fundamentales, dado que ya no podrán elegir entre el '
Sindic' y el Defensor del Pueblo. «Un andaluz, por ejemplo,
puede dirigirse al Gobierno de Andalucía a través del Defensor
del Pueblo andaluz. Pero puede ir a través del andaluz y a
través del Defensor del Pueblo español», expuso a modo de
ejemplo.
«¿Pero por qué no va a poder venir a mí el
ciudadano de Sabadell o de Tarrasa que considera que sus
derechos a aprender y hablar el castellano son menoscabados?. Y
yo no digo que lo sean, sino que considera él que son
menoscabados --adujo--. ¿No puede él dirigirse al Defensor del
Pueblo para que reclame a la Generalitat? ¿Por qué no va a
poderse dirigirse a mí como hasta ahora? Sus derechos son
menoscabados. La igualdad está rota».
TRES CATEDRÁTICOS TRAS SU RECURSO
El recurso está basado, fundamentalmente, en
los dictámenes y recomendaciones de los catedráticos de Derecho
Constitucional Roberto Blanco Valdés (Universidad de Santiago) y
Pedro de Vega (Universidad Complutense de Madrid) y el
catedrático de Derecho Administrativo Tomás Ramón
Fernández-Rodríguez, también de la Universidad Complutense.
«Nos ha ayudado un equipo magnífico de
letrados que tenemos aquí y han visto, tanto ellos como
nosotros, que hay elementos de inconstitucionalidad. Pero como
el texto es tan prolijo, difícil, queremos todavía estudiarlo
más e interponer el recurso en su momento, sobre por todo
aquello que consideramos estrictamente que menoscaba el
ejercicio de libertades y derechos fundamentales de los
españoles», incidió
Minuto digital
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Separatismo
EL “ESTATUT”
INCONSTITUCIONAL
MINUTO DIGITAL Las claves del día en un
minuto
A juicio de Múgica, la aprobación del
Estatuto conlleva que haya ciudadanos
que no están en "igualdad" con otros
españoles en lo que concierne a las
garantías para sus derechos
fundamentales
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Redacción: 20.09.2006
Una figura tan independiente como el
Defensor del Pueblo, el socialista
Múgica, así lo considera. Y no solo él
sino el equipo de letrados de la
institución. Los catalanes ya no tienen
el derecho a acudir al Defensor del
Pueblo, institución pata la protección
de todos los españoles. Solo podrán
acudir al 'Sindic de Greuges' o Defensor
del Pueblo catalán. Se trata de uno de
los recortes soberanistas de este
estatuto que contempla a Cataluña como
algo diferente a España.
A juicio de Múgica, la aprobación del
Estatuto conlleva que haya ciudadanos
que no están en "igualdad" con otros
españoles en lo que concierne a las
garantías para sus derechos
fundamentales, dado que ya no podrán
elegir entre el 'Sindic' y el Defensor
del Pueblo. "Un andaluz, por ejemplo,
puede dirigirse al Gobierno de Andalucía
a través del Defensor del Pueblo
andaluz. Pero puede ir a través del
andaluz y a través del Defensor del
Pueblo español", expuso a modo de
ejemplo.
"¿Pero por qué no va a poder venir a mí
el ciudadano de Sabadell o de Tarrasa
que considera que sus derechos a
aprender y hablar el castellano son
menoscabados?. Y yo no digo que lo sean,
sino que considera él que son
menoscabados –adujo–. ¿No puede él
dirigirse al Defensor del Pueblo para
que reclame a la Generalitat? ¿Por qué
no va a poderse dirigirse a mí como
hasta ahora? Sus derechos son
menoscabados. La igualdad está rota".
El recurso está basado,
fundamentalmente, en los dictámenes y
recomendaciones de los catedráticos de
Derecho Constitucional Roberto Blanco
Valdés (Universidad de Santiago) y Pedro
de Vega (Universidad Complutense de
Madrid) y el catedrático de Derecho
Administrativo Tomás Ramón
Fernández-Rodríguez, también de la
Universidad Complutense.
"Nos ha ayudado un equipo magnífico de
letrados que tenemos aquí y han visto,
tanto ellos como nosotros, que hay
elementos de inconstitucionalidad. Pero
como el texto es tan prolijo, difícil,
queremos todavía estudiarlo más e
interponer el recurso en su momento,
sobre por todo aquello que consideramos
estrictamente que menoscaba el ejercicio
de libertades y derechos fundamentales
de los españoles", incidió.
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La opinión. El correo de Zamora
| «El uso de la palabra nación preludia la
desvertebración» de España |
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AGENCIAS
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Madrid.- El Defensor del
Pueblo considera que el uso de la palabra «nación» en el
Estatuto de Autonomía de Cataluña es una «inconstitucionalidad
manifiesta», «invalida gran parte de la normativa estatutaria» y
«como modelo a seguir por otras CC AA, preludia la
desvertebración» del Estado autonómico diseñado en la
Constitución.
Así lo asegura el Defensor en el recurso presentado ayer ante el
Tribunal Constitucional, en el que pide que se declaren
inconstitucionales un total de 112 artículos y 4 disposiciones
adicionales del Estatuto de Cataluña, en vigor desde el 9 de
agosto.
En 139 folios, la institución de Enrique Múgica considera
inconstitucional la regulación que hace el estatuto en derechos
y deberes, lengua, competencias, justicia, "Sindic de Greuges",
relaciones bilaterales con el Estado y derechos históricos.
El primero de los motivos de inconstitucionalidad que analiza el
recurso se refiere a la afirmación de que «los poderes de la
Generalitat emanan del pueblo de Cataluña» (artículo 2.4) y la
de que «el autogobierno se fundamenta también en los derechos
históricos del pueblo catalán» (artículo 5).
Ambas afirmaciones «están en abierta pugna» con la Constitución,
«para la que no hay otra nación que la Nación española», señala
el recurso.
El Defensor analiza en este punto el Preámbulo del estatuto, en
el que se recuerda que el Parlamento de Cataluña ha respaldado
ampliamente la definición de Cataluña como una nación.
Aunque por razones de técnica jurídica no recurre expresamente
el Preámbulo, el Defensor expresa de forma clara su desacuerdo
con el uso en el mismo del término «nación».
Este, asegura, «no es en absoluto constitucionalmente
irrelevante o jurídicamente inocuo» ya que se proyecta sobre el
resto del texto e intenta «cargarlo de sentido». En segundo
lugar el Defensor pide la declaración de inconstitucionalidad de
los 39 artículos del Título I sobre Derechos y Deberes.
En su opinión, la inclusión en el Estatuto de «un extenso
listado de derechos y deberes» sobrepasa las funciones que debe
tener una norma autonómica con la pretensión de darle «una
apariencia de Constitución». «Los Estatutos de Autonomía no son
Constituciones, ni el Estado de las Autonomías es un Estado
Federal», asegura.
Además subraya que todas las comunidades autónomas han podido
funcionar con normalidad sin necesidad de otra tabla de derechos
y deberes que la que establece el Título I de la Constitución
para todos los españoles. El Defensor recurre también la
regulación del Sindic de Greuges (Defensor del Pueblo catalán).
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